Políticas y procedimientos para la Acreditación del Consejo Sobre Educación (COE) de la Asociación Americana de Medicina Veterinaria (AVMA)
COE Políticas y Procedimientos de Acreditación: Requisitos
Mayo, 2017
7. Requerimientos de la acreditación de Escuelas de Medicina Veterinaria
Estándares de Acreditación
7.1. Estándar 1, Organización
La facultad deberá desarrollar y seguir la declaración de su misión.
Una facultad de medicina veterinaria acreditada deberá formar parte de una institución de enseñanza superior, la cual a su vez estará acreditada por una organización reconocida con ese fin por el gobierno de su país. Una facultad podrá ser acreditada, siempre y cuando sea considerada como una división académica administrativa importante de la institución de origen y se le conceda el mismo reconocimiento, estatus y autonomía que a los otros colegios o facultades profesionales dentro de dicha institución.
El director ejecutivo o decano deberá ser un veterinario, así como también, el (los) funcionario (s) responsable (s) de los asuntos profesionales, éticos y académicos del hospital de enseñanza de medicina veterinaria.
Aunado a lo anterior, deberá existir suficiente personal administrativo para conducir de forma apropiada, los asuntos de la facultad concernientes al proceso de inscripción y para su adecuada operación.
La universidad debe crear un entorno académico que no discrimine y busque mejorar la diversidad, en conformidad con la ley vigente. La diversidad puede incluir, entre otros, raza, religión, etnia, edad, género, identidad de género, orientación sexual, antecedentes culturales y socioeconómicos, nacionalidad de origen y discapacidad.
7.2. Estándar 2, Finanzas
Las finanzas deberán ser apropiadas para sostener los programas educativos y la misión de la facultad.
Las facultades con programas de licenciatura en medicina veterinaria deberán reportar claramente por separado las finanzas específicas de dichos programas (gastos e ingresos), de aquellas finanzas (gastos e ingresos) destinadas a todos los demás programas educativos.
Los servicios clínicos, servicios de campo y los hospitales docentes deberán funcionar como recursos de instrucción. La integridad instruccional de estos recursos deberá tener prioridad sobre la autosuficiencia financiera de las operaciones de los servicios clínicos.
7.3. Estándar 3, Instalaciones físicas y equipos
Todos los aspectos concernientes a las instalaciones físicas deberán proporcionar un ambiente de aprendizaje adecuado. La seguridad del personal y de los animales deberá ser de alta prioridad. Las aulas, laboratorios y hospitales de enseñanza -que pueden incluir pero no estar limitados a los vehículos de servicios ambulatorios y/o de campo-, salas de seminarios y otros espacios de aprendizaje, siempre deberán estar limpios, mantenerse en buen estado y ser adecuados en cuanto a número y tamaño; así como también, deberán contar con equipo suficiente para el número de estudiantes matriculados y cubrir los propósitos educativos previstos.
Las oficinas administrativas y del profesorado, así como también los laboratorios de investigación, deberán ser suficientes para cubrir las necesidades de los profesores y del personal.
Una facultad acreditada deberá mantener un (o varios) hospital (es) de enseñanza veterinaria en el campus o bien, tener una afiliación formal con uno o más hospitales veterinarios fuera de él, los cuales son utilizados para la enseñanza. Los componentes apropiados de servicios terapéuticos y de diagnóstico, -que incluyen pero no están limitados a servicios de farmacia, diagnóstico por imagen, apoyo de diagnóstico, instalaciones de aislamiento, cuidados de terapia intensiva y/o crítica, vehículos de servicio ambulatorio y/o de campo e instalaciones de necropsia-, deberán ser proporcionados para brindar apoyo al (los) hospital (es) de enseñanza o a las instalaciones que posean políticas operativas y de procedimiento establecidas en lugares adecuados.
Las instalaciones para el alojamiento de animales utilizados en la enseñanza y la investigación deberán ser suficientes en número, estar debidamente construidas y ser mantenidas conforme a las normas aceptadas de bienestar animal. Adicionalmente, para poder llevar a cabo el examen, diagnóstico y tratamiento de todos los animales utilizados por la facultad, siempre deberán estar disponibles una enseñanza adecuada, los laboratorios, el desarrollo de investigaciones y un equipo clínico.
7.4. Estándar 4, Recursos Clínicos
Los animales sanos y enfermos pertenecientes a diferentes especies domésticas y exóticas, deberán estar disponibles para fines educativos, ya sea como pacientes clínicos o bien ser proporcionados por la institución. Aunque no se especifiquen los números exactos, se requiere que los pacientes hospitalizados y los pacientes ambulatorios, -incluidos los servicios de campo/ambulatorios y los programas de medicina de producción/salud del hato, proporcionen la cantidad y calidad necesarias para la instrucción clínica. El programa deberá ser capaz de demostrar, a través de la evaluación de los resultados de competencia clínica, que los recursos clínicos son suficientes para alcanzar la misión y los objetivos educativos establecidos.
Es esencial que exista un número suficiente y diverso de pacientes quirúrgicos y médicos, los cuales estén disponibles para llevar a cabo actividades clínicas dentro del campus; lo anterior, tiene como finalidad que los estudiantes logren obtener una mayor experiencia clínica educativa. Dentro de estas experiencias, se podrá incluir una educación clínica en sitios fuera del campus, siempre y cuando la facultad revise dichas experiencias clínicas y los resultados educativos obtenidos. Adicionalmente, todas las experiencias deberán llevarse a cabo dentro de un entorno que proporcione acceso a expertos en la materia, recursos de referencia, laboratorios clínicos modernos y completos, instrumentación diagnóstica actualizada y una confirmación inmediata de los resultados (incluida la necropsia). Tales ejemplos podrían incluir un acuerdo contractual con practicantes cercanos que trabajen como profesores adjuntos y además, centros de práctica fuera del campus. El (los) hospital (es) de enseñanza deberá (n) proporcionar atención hospitalaria, así como, una adecuada instrucción en procedimientos hospitalarios. Aunado a lo anterior, se deberá mantener un servicio de campo supervisado y/o un programa ambulatorio en el cual se ofrezca a los estudiantes múltiples oportunidades para obtener experiencias clínicas en condiciones de campo. Dentro de todos estos panoramas, los estudiantes deberán ser participantes activos en la atención del paciente, el cual incluirá un diagnóstico físico y la toma de decisiones orientadas a resolver problemas de diagnóstico.
Los registros médicos deberán ser exhaustivos y se mantendrán dentro de un sistema de recuperación efectivo, cuya finalidad será la de apoyar eficazmente a los programas de enseñanza, investigación y de servicio la facultad.
7.5. Estándar 5, Recursos de información
El acceso oportuno a los recursos de información y a los profesionales de la información, deberá estar disponible para los estudiantes y el profesorado en el campus. La facultad tendrá acceso a los recursos humanos, digitales y físicos para la recuperación de literatura veterinaria y de apoyo relevante, así como también para el desarrollo de materiales educativos. Además, a los estudiantes y profesores se les proporcionará una capacitación adecuada. El programa deberá ser capaz de demostrar a través de los datos de evaluación de resultados, que los estudiantes son competentes para llevar a cabo la recuperación, evaluación y la aplicación eficiente de la información, mediante el uso de tecnologías electrónicas y de otro tipo información que resulten apropiadas.
7.6. Estándar 6, Estudiantes
El número de estudiantes de la licenciatura, MVZ o equivalente, deberá ser consistente con los recursos y la misión de la facultad. El programa deberá ser capaz de demostrar, a través de los datos de evaluación de resultados, que los recursos son suficientes para cumplir con los objetivos educativos establecidos para todos los estudiantes matriculados.
Las facultades o colegios deberán establecer programas de posgrado, tales como internados, residencias y grados avanzados (por ejemplo, maestría y doctorado), que deberán complementar y fortalecer el programa profesional y no afectarán de forma negativa la experiencia del estudiante veterinario.
Los servicios de apoyo estudiantil deberán estar disponibles dentro de la facultad o colegio. Estos podrán incluir -pero no estarán limitados a- servicios de apoyo para el bienestar del estudiante, servicios que ayuden a cumplir los retos académicos y personales del programa de medicina veterinaria; servicios para estudiantes con problemas de aprendizaje y otras discapacidades; y finalmente, servicios para el apoyo de actividades extracurriculares que resulten relevantes dentro de la medicina veterinaria y crecimiento profesional.
La universidad debe promover un clima institucional incluyente que fomente la diversidad dentro del cuerpo estudiantil, de acuerdo con la legislación vigente.
En relación con la inscripción, las facultades deberán proporcionar a los futuros estudiantes, una información clara y actualizada referente a todos los asuntos relacionados con el programa educativo. El catálogo impreso o de información electrónica deberá indicar el propósito y los objetivos del programa; así como también, proporcionará los requisitos y procedimientos de admisión, los requisitos para la obtención de grado, una descripción actualizada del profesorado, una información clara sobre la matrícula y las cuotas de pago junto con los procedimientos de abandono, la información necesaria sobre programas de ayuda financiera y proveerá de un calendario académico preciso. Además, la información disponible para los futuros estudiantes, deberá incluir todos los requisitos pertinentes para la obtención de la cédula profesional.
Cada facultad acreditada deberá proporcionar un mecanismo para que los estudiantes ofrezcan sugerencias, comentarios y quejas -de manera anónima si lo desean-, sobre el cumplimiento de la universidad con referencia a los estándares de acreditación. Estos materiales se pondrán a disposición del Consejo de forma anual.
7.7. Estándar 7, Admisión
La facultad tendrá una política de admisión bien definida y declarada de manera oficial. Dicha política establecerá un Comité de Admisión, el cual estará conformado en su mayoría por profesores de tiempo completo. El Comité hará recomendaciones referentes a los estudiantes que serán admitidos dentro del plan de estudios profesional, tras considerar las solicitudes de aquellos candidatos que cumplan con los requisitos académicos y de otro tipo establecidos dentro de la política de admisión de la facultad.
La universidad debe demostrar compromiso con la diversidad y la inclusión a través de sus procesos de reclutamiento y admisión, de conformidad con la legislación vigente Las políticas de admisión de la universidad no deben ser en ningún momento discriminatorias, así como consistentes con la legislación vigente.
Dentro de los temas de admisión, se incluirán aquellos cursos previos al programa profesional en medicina veterinaria, así como cursos que contribuyan a la adquisición de una mayor educación general. El objetivo de la educación pre-veterinaria será el de proporcionar una base de conocimientos más amplia sobre la cual se pueda construir la educación profesional, que conduzca hacia un aprendizaje permanente y a un desarrollo constante, tanto profesional como personal.
Otros factores diferentes a los de rendimiento académico deberán ser considerados dentro de los criterios de admisión.
7.8. Estándar 8, Académicos
El número de profesores calificados deberá ser suficiente para llevar a cabo el desarrollo del programa educativo y cumplir la misión de la facultad. La participación dentro de las actividades académicas es un criterio importante para la evaluación de los profesores y de la facultad. La facultad deberá demostrar que utiliza un programa bien definido e integral para la evaluación del crecimiento profesional, el desarrollo y las actividades académicas de los profesores.
Las plazas académicas deberán ofrecer seguridad y los beneficios necesarios para mantener la estabilidad, continuidad y competencia de los profesores. La universidad debe fomentar que la facultad, a través de sus políticas de contratación y prácticas de permanencia del personal sean consistente con la legislación vigente. La universidad debe demostrar sus esfuerzos continuos para lograr oportunidades de crecimiento académico. Los académicos de medio tiempo, residentes y estudiantes de posgrado, podrán suplementar los esfuerzos de enseñanza de los profesores definitivos de tiempo completo, siempre y cuando se encuentren integrados de manera adecuada dentro del programa instruccional.
7.9. Estándar 9, Plan de estudios
El plan de estudios se extenderá por un período equivalente a un mínimo de cuatro años académicos. Además, éste deberá incluir como mínimo, un año académico de educación clínica práctica. El plan de estudios y el proceso educativo deberán iniciar y promover un aprendizaje constante en cada candidato a un título profesional.
El plan de estudios de medicina veterinaria representa la capacidad del profesorado de cada facultad; sin embargo, éste deberá ser administrado de forma central tomando como base la misión y los recursos de la facultad. De esta manera, se deberá contar con suficiente flexibilidad en la planificación y gestión del plan de estudios con la finalidad de facilitar las revisiones oportunas del mismo en respuesta a los problemas emergentes y a los avances en el conocimiento y la tecnología. El plan de estudios deberá ser guiado por un comité de plan de estudios. El plan de estudios deberá revisarse de forma conjunta por lo menos cada siete (7) años. La mayoría de los miembros integrantes de dicho comité deberán ser profesores de tiempo completo. Las evaluaciones del plan de estudios deberán incluir una recopilación de información, tanto cualitativa como cuantitativa, la cual sea suficiente para asegurar que el contenido de dicho plan proporcione conceptos y principios actualizados; así como también, una buena calidad y efectividad de instrucción.
El plan de estudios deberá proveer:
7.10. Estándar 10, Programas de Investigación
La facultad deberá mantener actividades sustanciales de investigación de alta calidad, las cuales integren y fortalezcan el programa profesional. Adicionalmente, la facultad deberá demostrar una productividad académica continua y proporcionar oportunidades para que cualquier estudiante interesado en el programa veterinario profesional, se involucre o participe en investigaciones de alta calidad que se encuentren en proceso. Todos los estudiantes deberán recibir una formación sobre los principios y la aplicación de los métodos de investigación; así como también, sobre la evaluación e integración de la investigación dentro de la medicina veterinaria y sanidad animal.
7.11. Estándar 11, Evaluación de Resultados
Los resultados del programa de grado de medicina veterinaria deberán ser medidos, analizados y considerados con la finalidad de mejorar dicho programa. Los nuevos graduados deberán tener un conocimiento científico básico; además de poseer habilidades y valores que les permitan proporcionar un nivel de atención básico de salud, de forma independiente al momento de la graduación. El rendimiento del estudiante deberá ser incluido en la evaluación de resultados. Además, deberán establecerse una serie de procesos que permitan darles solución a todos aquellos estudiantes que no demuestren ser competentes en uno o más de los nueve tipos de habilidades.
La facultad deberá contar con un sistema de recopilación de datos concernientes a los resultados de los recién graduados, con la finalidad de asegurar que las habilidades y los objetivos de aprendizaje del programa, resulten en el desarrollo de aptitudes relevantes a nivel básico.
La facultad deberá establecer una serie de procesos a través de los cuales los estudiantes sean observados y evaluados; dichos procesos deberán contar con una documentación oportuna para asegurar la precisión de la evaluación, una vez que se hayan alcanzado las siguientes habilidades:
El Consejo de Educación espera que el 80% o más de los estudiantes graduados de la facultad en espera del NAVLE, hayan aprobado al momento de la graduación. *
*Las facultades que no cumplan con este criterio serán sometidas al siguiente análisis. El Consejo calculará un intervalo de confianza binomial exacto del 95% para los puntajes NAVLE de las facultades cuya tasa de aprobación NAVLE caiga por debajo del 80%. Las facultades con un límite superior de intervalo de confianza binomial del 95%, el cual sea inferior al 85% durante dos años consecutivos en los que se disponga de calificaciones, se colocarán en la acreditación probatoria. Las facultades con un límite superior de nivel de confianza binomial del 95%, que sea inferior al 85% durante cuatro años consecutivos en los cuales las calificaciones estén disponibles, se colocarán por causa en la Acreditación Terminal. Si ningún graduado del programa toma el NAVLE, el Consejo utilizará otros resultados educativos del estudiante para evaluar el cumplimiento de la norma, incluyendo aquellos enumerados en el 12.11.1.
NOTA:
Esta es una traducción de la página situada en la dirección:
https://www.avma.org/ProfessionalDevelopment/Education/Accreditation/Colleges/Pages/coe-pp-requirements-of-accredited-college.aspx